Las insolvencias en Inglaterra y Gales

El propósito de esta entrada es proporcionar a traductores jurídicos y cualquier otro interesado en el Derecho inglés una introducción a las insolvencias en Inglaterra y Gales, y sus diferentes partes intervinientes.

Las limited companies inglesas se pueden extinguir por diferentes causas: la consumación o imposibilidad de consumación del objeto social, un desacuerdo irresoluble entre los socios o accionistas o una situación de insolvencia, que es la más habitual.

Los procedimientos varían según las circunstancias. En algunos, la sociedad llega a liquidarse y extinguirse; en otros, el objetivo es rescatarla de una crisis reestructurando su capital o transmitiendo sus participaciones o acciones a un nuevo propietario. En la mayoría de los procedimientos se exige la supervisión de un juez, mientras que otros son extrajudiciales. En todos se requiere la intervención de algún funcionario o empleado público (office holder), que deberá ser un profesional especialista en insolvencias en Inglaterra y Gales (insolvency practitioner).

La ley principal que rige los procedimientos de insolvencia en todo el Reino Unido es la Insolvency Act 1986, aunque para el nombramiento de determinados administradores judiciales se aplica también la Enterprise Act 2002.

El órgano jurisdiccional que se ocupa de las insolvencias en Inglaterra y Gales es el Insolvency and Companies List, tribunal especializado dentro de los Business and Property Courts del Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales (High Court of Justice).

Las insolvencias en Inglaterra y Gales. Traductor jurado y jurídico de inglés.

LAS INSOLVENCIAS EN INGLATERRA Y GALES

Dissolution, winding-up y liquidation

Antes de ahondar en los procedimientos, conviene aclarar tres términos que pueden confundirse por interferencia interlingüística o por estar extendido su uso indistinto en el lenguaje general: winding-up, liquidation y dissolution.

En el Derecho societario inglés, los términos winding-up y liquidation se usan indistintamente para hacer referencia al proceso de convertir los activos de una sociedad en efectivo o equivalentes de efectivo y así saldar las deudas con los acreedores antes de su extinción. No obstante, aunque están relacionados y a pesar de este uso indistinto, winding-up es más amplio y formal, ya que se refiere al proceso completo que abarca desde la liquidación hasta la extinción definitiva de la sociedad, mientras que liquidation se refiere específicamente a la venta de activos y la cancelación de deudas, es decir, es un término más práctico y financiero.

Por su parte, dissolution alude a la desaparición jurídica de la sociedad después de su cancelación registral. Es, por tanto, la última parte del proceso extintivo y no equivale a la fase de disolución de las sociedades de capital españolas, que constituye la primera de dicho proceso. Nuestra disolución supone constatar que concurre una causa de disolución y marca la apertura de la liquidación (si la hubiere, ya que en las fusiones la disolución se declara sin liquidación).

Además, por tratarse de una fase sin solución de continuidad, no puede hablarse de «sociedad en proceso de disolución». Sin embargo, en inglés sí podemos encontrarnos «a company in dissolution», ya que en este caso nos estaríamos refiriendo no a la primera etapa de constatación, sino al proceso encaminado a la extinción, que conlleva el trámite de cancelación registral (striking-off) y la posterior desaparición definitiva.

Entonces, ¿cómo se traduce «disolución» a inglés? Se podría decir que winding-up engloba también la declaración de disolución española, ya que, salvando las diferencias entre ambos ordenamientos jurídicos societarios, en una compulsory winding-up (liquidación forzosa) se constata también si concurre una de las causas legales de disolución (grounds for winding-up by the court) (por ejemplo, una situación de insolvencia o el acuerdo de los socios) que establece la Insolvency Act 1986.

Las insolvencias en Inglaterra y Gales

LAS INSOLVENCIAS EN INGLATERRA Y GALES: PROCEDIMIENTOS

Winding-up by the court y voluntary winding-up

En las insolvencias en Inglaterra y Gales, hay que distinguir entre la liquidación obligatoria (compulsory winding-up o winding-up by the court), supervisada por un tribunal, y la liquidación voluntaria (voluntary winding-up), un proceso extrajudicial iniciado por acuerdo de los socios o accionistas.

En la liquidación obligatoria (compulsory winding-up o winding-up by the court), se solicita al tribunal que declare obligatoria la liquidación mediante un auto (winding-up order). Esta petición la presentan normalmente los acreedores, aunque también puede hacerlo la propia sociedad, sus administradores o un socio responsable de una aportación (contributory).

Primero intervendrá en el procedimiento un official receiver, cargo adscrito al High Court o County Court que actúa provisionalmente para asegurar el nombramiento de un liquidador, investigar las causas de la insolvencia y presentar un informe preliminar ante el tribunal. Si la masa de la insolvencia (insolvency estate) es suficiente para remunerar a un profesional especialista en insolvencias (insolvency practitioner), los acreedores podrán designar posteriormente a un liquidador (liquidator), quien se encargará de recaudar y realizar los activos de la sociedad para sufragar sus deudas.

La función del tribunal en una liquidación obligatoria consiste en supervisar todo el proceso de liquidación, lo que puede incluir la suspensión del procedimiento o designar a un gestor especial o special manager (especialista con conocimientos mercantiles) para que asista en la gestión de los asuntos de la sociedad, si fuera necesario.

La liquidación voluntaria puede ser de dos tipos: members’ voluntary winding-up y creditors’ voluntary winding-up. El uso de un proceso u otro depende de si la sociedad es solvente o no, lo cual deberán demostrar los administradores mediante una declaración de solvencia o declaration of solvency. Si lo es, los socios o accionistas tomarán el control del proceso y podrán decidir, por ejemplo, vender los activos de la sociedad para liquidarla. De no serlo, la liquidación pasará a ser controlada por los acreedores, ya que en ese caso existe un mayor riesgo de que las deudas no puedan saldarse. Ambos procedimientos requieren el nombramiento de un liquidador (liquidator), pero no supervisión judicial.

Administration

Cuando la prioridad no es la liquidación y posterior extinción definitiva de la sociedad, sino rescatarla de una crisis (o, como mínimo, ofrecer a los acreedores una solución más satisfactoria que la que recibirían con una liquidación), se habla de administration (concurso de acreedores). A este procedimiento se recurre solamente cuando la sociedad es insolvente y puede iniciarse durante un proceso de liquidación obligatoria o voluntaria para prevenir dicha liquidación.

El administrador concursal (administrator) puede ser nombrado por el tribunal, por la propia sociedad, por el titular de una garantía variable (floating charge) o los administradores de la sociedad y su función consiste principalmente en elaborar un plan para administrar los asuntos de la sociedad que evite su liquidación y desaparición definitiva.

Si se dicta el auto declarativo de concurso (administration order), el tribunal podrá desestimar toda solicitud de liquidación de la sociedad.

Administrative receivership

Existe otro procedimiento en las insolvencias en Inglaterra y Gales: administrative receivership. Se inicia cuando existe un contrato entre la sociedad y el titular de una garantía variable (floating charge), es decir, un acreedor que para asegurar la amortización de un préstamo que hizo a la sociedad constituyó una garantía (o gravamen) sobre un grupo de bienes de esta. Se dice que la garantía es «variable» o «flotante» porque «flota» sobre el grupo de bienes hasta que cristaliza cuando concurren determinadas circunstancias (la sociedad entra en proceso de liquidación).

El titular de garantías variables constituidas antes del 15 de septiembre de 2003 puede nombrar a un administrative receiver (que deberá ser un profesional cualificado especializado en insolvencias) para que administre los bienes afectos al pago del préstamo que en su día hizo a la sociedad y con esa gestión satisfaga su deuda.

No se trata de un procedimiento de liquidación en sí y casi nunca requiere la intervención judicial. Además, en caso de declaración de concurso o administration, el administrative receiver debe dejar vacante su puesto, el cual ocupará el administrador concursal.

Company voluntary arrangements

Los company voluntary arrangements o CVA, un tipo de convenio o arreglo (en inglés, denominado también composition), están concebidos como un método que permite a la sociedad negociar voluntariamente con los acreedores la reestructuración del pasivo para rescatarla y prevenir su liquidación y desaparición. No requieren homologación judicial.

Un voluntary arrangement puede ser propuesto como procedimiento independiente por los acreedores o los administradores, pero también se puede proponer durante un procedimiento de liquidación (aunque solo en raras ocasiones) o un concurso de acreedores. En este último caso, es el liquidador o el administrador concursal el que lo propone.

Si son los administradores quienes lo proponen, deberán designar a alguien para que lo supervise: un nominee o supervisor.

Las condiciones del acuerdo deberán someterse a la votación de los socios o accionistas y los acreedores. Para aprobarse, al menos la mitad de los socios y el 75 % de los acreedores presentes deberán votar a favor.

La terminología de las insolvencias en Inglaterra y Gales es bastante compleja y por ello el traductor jurídico debe familiarizarse con los distintos procedimientos disponibles.

Para conocer mejor el léxico societario inglés y su traducción, puede leer este artículo de mi blog.

Las insolvencias en Inglaterra y Gales. Traductor jurado y jurídico de inglés. Sociedades de capital inglesas.
Foto de Massaki Komori en Unsplash

FUENTES

  • French D., Mayson, French & Ryan on Company Law, 36th Edition, Oxford
  • Budi Hurtado, R. et al., Derecho de sociedades y de crisis empresariales, Ed. Civitas, Madrid
  • Garner, Bryan A., Black’s Law Dictionary. 11.ª edición, ed. Thomson Reuters, Eagan, 2019.
  • Alcaraz Varó, E. y Hugues, B. Diccionario de términos jurídicos inglés-españolSpanish-English. 8.ª edición, ed. Ariel, Barcelona, 2005.