¿Sabe qué es una traducción jurada? ¿Y una traducción notarizada? ¿Conoce la diferencia entre traducción jurada, traducción oficial y traducción certificada? ¿Y la diferencia entre traducción legal/jurídica y traducción legalizada? ¿Qué es el apostillado? Si nunca tenido que presentar una traducción jurada, es posible que no conozca bien la terminología. Esta entrada del blog explica estos términos y en qué casos es necesario cada tipo de traducción.
DIFERENCIAS ENTRE TRADUCCIÓN JURADA, TRADUCCIÓN OFICIAL, TRADUCCIÓN JURÍDICA/LEGAL, TRADUCCIÓN LEGALIZADA, TRADUCCIÓN NOTARIZADA Y TRADUCCIÓN APOSTILLADA
Traducción oficial
Una traducción oficial se exige como paso adicional en un determinado tipo de trámite administrativo ante organismos públicos, por ejemplo, presentar un certificado de antecedentes penales para solicitar un visado. Este tipo de traducción es «oficial» porque el documento en cuestión es público/administrativo y porque en el proceso interviene un organismo público.
Todas las traducciones juradas realizadas por un traductor jurado (ya sea a inglés o a español, o al idioma en el que esté certificado) tienen «carácter oficial», como dispone el artículo 17.1(b) del Real Decreto 724/2020. De hecho, también es habitual entre los traductores jurados usar indistintamente los términos «oficial» y «jurado». Sin embargo, técnicamente, no todas las traducciones oficiales son traducciones juradas (es decir, realizadas por un traductor jurado). Hay casos en los que la traducción del documento oficial/público se realiza en el seno de la propia embajada u otra misión diplomática de España en el extranjero.
Traducción jurada y traducción certificada
La profesión del traductor jurado solo existe en algunos países. En España, los traductores jurados reciben su nombramiento del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Cada traductor registra su sello y firma en este ministerio. Normalmente, los organismos públicos españoles solamente acceptan traducciones hechas por estos traductores. Por tanto, todo extranjero que desee solicitar un visado o establecer una sociedad en España necesitará que un traductor jurado haga una traducción jurada de sus documentos.
Las traducciones juradas también son válidas y tienen carácter oficial en todo el mundo. No obstante, hay casos en los que se aceptará también una traducción certificada. En el Reino Unido, por ejemplo, donde no existe la figura del traductor jurado, cualquier traductor acreditado por una asociación profesional (el Chartered Institute of Linguists (CIOL) o el Institute of Translation and Interpreting (ITI)) puede certificar una traducción. En EE. UU. se puede exigir que el traductor añada una declaración jurada a la certificación.
Traducción notarizada
En el Reino Unido, es habitual que una traducción previamente certificada se notarice si el documento se va a presentar en el extranjero. Un notario, que normalmente será también abogado, no será necesariamente bilingüe o políglota (salvo en el caso de los notary scriveners). Así pues, el notario solamente podrá dar fe de la identidad del traductor que certifica la traducción, pero no de su calidad. Por ello, la calidad de este tipo de traducción no es siempre la deseada.
Traducción jurídica/legal
Los términos «traducción legal» o «traducción jurídica» y «traducción legal» se pueden usar indistintamente. Si bien muchos de los documentos que se traducen por un traductor jurado son jurídicos o legales (sentencias de divorcio, testamentos, etc.), no siempre es así. Un traductor jurado también puede traducir documentos de naturaleza académica y personal, como certificados académicos o partidas de nacimiento, que no siempre tienen contenido «jurídico», estrictamente hablando.
Además, no es lo mismo una traducción «legal» o «jurídica» que una traducción legalizada (véase más abajo).
Traducción legalizada
Las leyes españolas definen «legalización» como «acto administrativo mediante el cual se concede validez a un documento público extranjero, tras la comprobación de una serie de elementos, como la autenticidad de la firma y la calidad del firmante».
Todo documento público u oficial expedido en el extranjero debe legalizarse antes de poder validarse en España. No obstante, téngase en cuenta que las traducciones juradas realizadas por un traductor jurado debidamente nombrado tienen carácter oficial y, por tanto, están exentas de la legalización.
Es lo que sucede con las traducciones juradas inglés-español. ¿Pero qué ocurre cuando un documento se ha traducido de español a inglés? En este caso, se aplicarán las leyes relativas a legalizaciones del país destinatario. Aunque las traducciones juradas son válidas y oficiales, en algunos casos se exigen más trámites. Debe consultar con su embajada o consulado si la traducción jurada se aceptará como válida en ese país. Si no, deberá llevarla a que la legalicen en el Ministerio de Asuntos Exteriores.
Apostillado
El apostillado es una manera fácil y rápida de legalizar un documento de un país signatario de la Convención de La Haya de 5 de octubre de 1961 cuando dicho documento se va a presentar en un país que también es signatario de este convenio. Tanto España como el Reino Unido lo son.
La mayoría de los documentos oficiales que se van a usar en el extranjero deben ir apostillados para poder certificar su autenticidad. Puesto que la apostilla también debe traducirse, debe obtenerse antes de traducir el documento.
Siempre conviene que el organismo o ente destinatario confirme si es necesario legalizar o apostillar el documento.
NOTA: el traductor jurado solo se encarga del proceso de traducción, pero no de la legalización o el apostillado.
¿Necesita una traducción jurada inglés-español o español-inglés? Yo soy traductora jurada de inglés, nombrada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, y cuento con 20 años de experiencia. Puede contactarme aquí para solicitar presupuesto.
SOURCES
- Certified translations, Chartered Institute of Linguists, https://www.ciol.org.uk/certified-translations
- Spanish Royal Decree 2555/1977, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1977-24564&tn=1&p=20091224#a6
- Legalisations, Spanish Ministry of Foreign Affairs, http://www.exteriores.gob.es/Portal/en/ServiciosAlCiudadano/SiEstasEnElExtranjero/Paginas/Legalizaciones.aspx
- Legalización y traducción de documentos públicos extranjeros, https://www.iberley.es/temas/legalizacion-traduccion-documentos-publicos-extranjeros-63172
Sworn / Legal English-Spanish Translator with 20 years of experience in legal translation. BA in Translation & Interpreting and Graduate Diploma in English Law. Specialising in trusts, contracts, company documents and civil litigation documents. Traductora jurada y jurídica de inglés 20 años de experiencia en la traducción jurídica. Licenciada en Traducción e Interpretación y Graduada en Derecho inglés. Especializada en trusts, contratos, documentos societarios y escritos y documentos para procesos civiles y mercantiles.